Inmigración basada en la familia
Una visa familiar le permite reunirse o patrocinar a familiares en Estados Unidos. Las opciones disponibles dependen de su relación y del estatus migratorio de su familiar.
Caminos hacia la inmigración basada en la familia
Una de las preocupaciones más comunes de nuestros clientes es mantener unidas a las familias durante el proceso de inmigración. Si bien las leyes de inmigración estadounidenses son complejas, incluyen varias disposiciones para la reunificación familiar. Existen diversas maneras de solicitar la residencia permanente o la ciudadanía a través de la familia, y ciertos familiares pueden ser patrocinados para inmigrar a Estados Unidos.
Durante una consulta gratuita, nuestros abogados de inmigración familiar pueden revisar su caso y ayudarlo a determinar el mejor camino para su situación.
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¿QUÉ ES UNA PETICIÓN FAMILIAR?
Los ciudadanos estadounidenses y los residentes permanentes legales (LPR) pueden patrocinar a familiares específicos para que inmigren a Estados Unidos mediante una petición familiar. La inmigración familiar se divide en dos categorías principales: familiares inmediatos y preferencia familiar.
Parientes inmediatos:
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Cónyuge
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Hijo soltero menor de 21 años de un ciudadano estadounidense
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Hijo o hija soltero mayor de 21 años de un ciudadano estadounidense
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Hijo o hija casado, de cualquier edad, de un ciudadano estadounidense
Los ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años también pueden solicitar la ciudadanía por sus padres y hermanos.
Categorías de preferencia familiar:
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Primera preferencia (F-1): Hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses
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Segunda preferencia (F-2): Cónyuges, hijos e hijos solteros de residentes permanentes legales (LPR)
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Tercera preferencia (F-3): Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses
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Cuarta preferencia (F-4): Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses adultos
INMIGRANDO A TRAVÉS DE UN FAMILIAR
Si uno de sus familiares directos (cónyuge, hijo, padre o hermano) es ciudadano estadounidense, es posible que ya sea elegible para una tarjeta de residencia permanente o una visa. El familiar patrocinador debe mantener su residencia principal en Estados Unidos y presentar una Petición de Familiar Extranjero (Formulario I-130) para iniciar el proceso de inmigración.
Una vez que el USCIS aprueba la petición, se le asigna un número de visa. Si se encuentra en EE. UU., puede solicitar la tarjeta verde tan pronto como el número de visa esté disponible. Si se encuentra fuera de EE. UU., el Centro Nacional de Visas le enviará instrucciones sobre los siguientes pasos.
PRIORIDAD DE VISA Y TIEMPOS DE ESPERA
Las visas son limitadas y la prioridad depende de la relación familiar.
Prioridad para los solicitantes de visa:
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Los familiares inmediatos (cónyuges de ciudadanos estadounidenses, hijos solteros menores de 21 años y padres de ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años) no tienen que esperar una visa.
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Los hijos solteros mayores de 21 años de ciudadanos estadounidenses tienen primera preferencia en la lista de espera.
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Los cónyuges de los titulares de la tarjeta verde tienen segunda prioridad.
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Los hijos casados de ciudadanos estadounidenses tienen la tercera prioridad.
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Los hermanos y hermanas de los ciudadanos estadounidenses tienen la cuarta prioridad.
